Soy Taína Oliva Villarroel, abogada y mediadora familiar particular inscrita en el Registro de Mediadores del Ministerio de Justicia.
Por ley, existen tres materias que debes intentar mediar antes de poder presentar una demanda en el Tribunal de Familia (art. 106, Ley 19.968):
El aporte económico para la manutención de tus hijos.
Leer guía completa →Con quién viven principalmente los hijos.
Leer guía completa →El régimen para el progenitor que no vive con los hijos.
Leer guía completa →El divorcio y los casos de violencia intrafamiliar (VIF) no son materia de mediación.
Profundiza en estos temas antes de tu mediación, escritos en lenguaje simple.
Montos, cálculo, aumento, rebaja y cobro.
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Leer artículo → Cuidado PersonalCómo se determina y cómo se puede modificar.
Leer artículo → Relación Directa y RegularCómo se fija y qué pasa si no se cumple.
Leer artículo → Protección NNACuándo proceden y cómo se solicitan.
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Existen dos vías para hacer mediación familiar en Chile: la gratuita, a través de centros licitados por el Ministerio de Justicia (con hora de espera y disponibilidad limitada), y la particular, con un mediador inscrito que tú eliges directamente.
Como mediadora particular, te ofrezco horarios más flexibles, atención personalizada desde la primera sesión, y la posibilidad de agendar mucho más rápido que en el sistema licitado —mismo respaldo legal, con mayor cercanía.
Participas desde tu casa o trabajo, sin perder horas de tu día en movilizarte hasta una oficina.
El acuerdo alcanzado por videollamada tiene exactamente la misma validez que uno logrado de forma presencial.
Podemos coordinar sesiones que se ajusten a tu jornada laboral o al cuidado de tus hijos.
Cada parte participa desde un lugar donde se siente segura, evitando encuentros incómodos previos a la sesión.
Puedes estar en cualquier lugar al momento de la videollamada, aunque sea fuera de la región. Lo que determina si soy competente para tu caso es tu domicilio, que debe estar dentro de las comunas que atiendo.
Se respetan exactamente los mismos principios legales del artículo 105 de la Ley 19.968, también en modalidad online.
Por ley, todo mediador debe dar a conocer estos principios a las partes —especialmente el de voluntariedad— antes de iniciar el proceso.
Tres herramientas para llegar a tu sesión con ideas concretas, no solo con posiciones.
Cuéntame tu situación y evaluamos juntas el mejor camino. Primera orientación gratis.
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